Nueva Ley de Tenencia Compartida en el Peru

 En octubre de 2022, el Congreso del Perú aprobó la Ley N° 31590, conocida como la "Ley que regula la tenencia compartida". Esta norma modifica los artículos 81, 82, 83 y 84 del Código de los Niños y Adolescentes, con el objetivo de priorizar la tenencia compartida de los hijos cuando los padres se separan.

¿Qué establece la nueva ley?

La ley dispone que, en caso de separación de los padres, la tenencia de los niños, niñas o adolescentes debe ser asumida por ambos progenitores, salvo que esto no sea posible o resulte perjudicial para el menor. Si los padres llegan a un acuerdo y consideran la opinión del hijo, pueden determinar la forma de la tenencia compartida y formalizarla mediante una conciliación extrajudicial. Si no hay acuerdo, el juez especializado debe otorgar, como primera opción, la tenencia compartida, tomando las medidas necesarias para su cumplimiento. Solo de manera excepcional se otorgará la tenencia exclusiva a uno de los padres, siempre protegiendo el interés superior del menor.

Puntos clave de la ley:

  • Variación de la tenencia: La tenencia compartida o exclusiva, establecida por conciliación o sentencia firme, puede ser modificada mediante una nueva conciliación o resolución judicial. El juez evaluará conductas como:

    • Desacreditar al otro progenitor de forma constante.
    • Impedir injustificadamente la relación del hijo con el otro padre.
    • No respetar acuerdos sobre el régimen de visitas.
  • Facultades del juez en la tenencia compartida: Al disponer la tenencia compartida, el juez debe considerar:

    • Que el hijo pase igual tiempo con ambos padres.
    • Igualdad de derechos de los progenitores en decisiones sobre educación, crianza y protección del hijo.
    • La distancia entre los domicilios de los padres.
    • El derecho del hijo a compartir con la familia extendida de ambos lados.
    • Vacaciones y fechas importantes en la vida del menor.
    • La edad y opinión del hijo.

Reacciones y opiniones:

La aprobación de esta ley ha generado diversas opiniones. Algunos sectores consideran que la tenencia compartida debe evaluarse caso por caso y no establecerse como regla general, ya que podría no garantizar el interés superior del niño en todas las situaciones. Por ejemplo, la Defensoría del Pueblo ha expresado que la tenencia compartida debe ser evaluada atendiendo a cada caso y no ser priorizada como regla general.

Conclusión

La Ley N° 31590 busca asegurar que, tras una separación, ambos padres continúen participando activamente en la vida de sus hijos, promoviendo la corresponsabilidad en la crianza. Sin embargo, es esencial que su aplicación siempre considere el bienestar y el interés superior del niño, evaluando cada situación de manera individual.

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